Consejo de Estado suspende decreto presidencial por falta de aval del Senado
La Sección Quinta del Consejo de Estado resolvió admitir la demanda interpuesta contra el Decreto 0639 de 2025, expedido por el Presidente de la República, y ordenó su suspensión provisional mediante una medida cautelar de urgencia. El proceso judicial fue asignado al magistrado Pedro Pablo Vanegas Gil.

Los demandantes argumentan que el decreto vulnera los artículos 104 de la Constitución Política y disposiciones legales de las Leyes 134 de 1994 y 1757 de 2015. Según exponen, el 1.º de mayo de 2025 el Presidente solicitó concepto sobre la consulta popular nacional al Senado, que fue votado y rechazado el 14 de mayo. A pesar de ello, el mandatario expidió el decreto, omitiendo la decisión desfavorable del legislativo, lo que constituye —según los accionantes— una trasgresión del equilibrio de poderes.
El fallo señala que la expedición del decreto sin el concepto favorable del Senado supone una omisión normativa que impide aplicar la excepción de inconstitucionalidad. Además, se subraya que no se configura una contradicción evidente entre la norma impugnada y la Constitución, requisito indispensable para aplicar la excepción mencionada. En consecuencia, la Sala determinó que el acto demandado no cumple las condiciones exigidas para justificar su validez sin el aval legislativo.

En su análisis, la Sala señaló que el decreto no satisface las condiciones para aplicar una excepción de inconstitucionalidad, ya que no existe una contradicción directa y evidente con las normas constitucionales que permita justificar su expedición sin el aval del Congreso. La medida se toma mientras se define el fondo del asunto en una próxima sentencia.